domingo, 22 de mayo de 2011

DESAHUCIO

Debido a la crisis que esta atravesando nuestro país, lo único que se empieza a escuchar ahora tanto en televisión, como en conversaciones con amigos...es la palabra "desahucio" por ello me pareció interesante tratarlo en este blog.

En estos momentos en España contamos con mas de 3 millones de viviendas que no están habitadas, y no se opta por parte de sus propietarios al alquiler, debido a que en esta época de inseguridad debida a la dificultad a la hora de desalojar tu vivienda por impago de los inquilinos es muy alta, por ello el 24 diciembre de 2009, entró en vigor la Ley 19/2009, de 23 de noviembre, de medida de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios, lo que nosotros conocemos como "desahucio exprés". 

El Desahucio exprés es no es otra cosa que una reforma legal que permite "echar al moroso" de una forma mas rapida de la que se venia haciendo. Los objetivos que se persiguen con esta reforma son aliviar el mal trago a los propietarios y así fomentar el mercado del alquiler. La nueva ley establecía:
  1. Se reduce de dos meses a uno el plazo que debe transcurrir entre el momento en que el propietario exige el pago de las deudas atrasadas y el momento en que puede presentar una demanda de desalojo.
  2. Se amplían los supuestos en los que no hay que aplicar la prórroga obligatoria del contrato de alquiler, que tiene una duración máxima de cinco años.
  3. Si el arrendatario no se hallara en la vivienda arrendada cuando le llegue la notificación, se publicará sin más trámite en el tablón de los juzgados, dándose por notificado.
  4. Las reclamaciones por impago se podrán tramitar en juicio verbal y la sentencia de desahucio dictada por un juez será suficiente para la ejecución directa del desahuciado, cuyo fallo, en principio, estaría resuelto en el plazo de un mes.
Estas eran las bases que se establecían en la reforma de la ley de desahucio, que como comente en un principio, su objetivo principal era el fomento del alquiler, por ello esta vía legal para el desalojo del inquilino no tenia un coste superior a los 1000 euros, entre abogados y procuradores.

Estas eran las premisas que se establecían en su momento, un mes para el desahucio, pero la realidad no es así, ya que la nueva ley animó a todo aquel que tenia problemas con sus inquilinos a llevar a cabo este nuevo desahucio exprés, y encima con la persistencia de la crisis y el aumento del desempleo, son cada día más los morosos y por tanto mas las denuncias en el juzgado. Estos por su parte están saturados, y no dan a basto para satisfacer todas las denuncias en el plazo establecido, siendo cada vez el plazo en el que se fijan la citas mayor.

Con esto tenemos que se crea una nueva ley para agilizar los procesos, y lo que se consigue es volver a lo que teníamos en un principio, pero incluso con una mayor lista de espera..., lo que nos da que pensar ¿que ocurriría si no existiese la ley de desahucio exprés? ¿Cual seria el plazo entonces?

Mónica Simón

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